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Información general asociación de usuarios

Asociación de usuarios Jersalud

Objeto

El objetivo de la asociación de usuarios es agrupar a las personas del régimen contributivo, subsidiado y vinculadas al SGSSS, que utilizan los servicios de la IPS Jersalud SAS, para velar por los derechos que tienen los usuarios de disfrutar de servicios de buena calidad, oportunidad, trato digno y de canalizar las sugerencias, inquietudes y reclamos de los usuarios para mejorar la eficiencia y eficacia de los servicios de salud y la satisfacción del usuario. Decreto 1757 de 2015.


¿Qué ley rige la asociación de usuarios?

Ley Estatutaria 1751 de 2015 POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES, establece en el artículo N.º 10 los Derechos y deberes de las personas, relacionados con la prestación del servicio de salud.

Periodo de elección de la asociación de usuarios: La Asociación de usuarios, será elegida para períodos de dos (2) años.


Funciones de la asociación de usuarios

La asociación de usuarios es un mecanismo de intermediación entre los usuarios y la entidad que les presta los servicios. En este sentido realizará las siguientes acciones:

  1. Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso al paquete de servicios.

  2. Participar en las Juntas Directivas de las empresas promotoras de salud e instituciones prestadoras de servicios de salud, sean públicas o mixtas, para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario. (En el caso de las privadas, se podrá participar, conforme a lo que dispongan las disposiciones legales sobre la materia).

  3. Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestataria de servicios de salud y la empresa promotora de salud.

  4. Vigilar que las decisiones que se tomen en las juntas directivas se apliquen según lo acordado.

  5. Informar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.

  6. Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.

  7. Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.

  8. Elegir democráticamente sus representantes ante la junta directiva de las empresas promotoras y las instituciones prestadoras del servicio de carácter hospitalario que correspondan, por y entre sus asociados, para períodos máximos de dos (2) años.

  9. Elegir democráticamente sus representantes ante los comités de ética hospitalaria y los comités de participación comunitaria por períodos máximos de dos (2) años.


¿Cómo se organiza la asociación de usuarios?

A través de una convocatoria, donde se utilizan diferentes medios de comunicación como: La página institucional, carteleras institucionales, voz a voz con los pacientes y familiares.
La Asociación es de carácter abierto para garantizar permanentemente el ingreso de nuevos usuarios.


¿Quiénes conforman la junta directiva de la asociación de usuarios?

La junta directiva estará conformada por 7 principales que son:

  1. Presidente o principal

  2. Vicepresidente o suplente

  3. Secretario

  4. Tesorero

  5. Fiscal

  6. 2 Voceros


Requisitos para hacer parte de la asociación de usuarios

  1. Ser mayor de 18 años.

  2. No ser empleados de la IPS.

  3. Disponer de tiempo para las actividades que se requieran.

  4. Conocer o demostrar interés para saber cómo opera el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

  5. Tener actitudes de solidaridad, buenas relaciones, capacidad de negociar y solucionar conflictos.


Objetivos de las reuniones

  1. Brindar formación y capacitación al usuario.

  2. Conocimiento de deberes y derechos.

  3. Fortalecimiento de la calidad del servicio.

  4. Cumplimiento a la normatividad.

  5. Retroalimentación de manifestaciones del usuario y satisfacción.


Coordinador o presidente de la asociación de usuarios

El coordinador o representante de los usuarios podrá ser elegido cada dos años en reunión de usuarios ordinaria, no se requiere de una reunión extraordinaria, puede haber reelección de usuario coordinador.
Su elección será por voto entre los usuarios asistentes, se elige el usuario de mayor votación.


  1. Funciones:

  2. Citar a las reuniones.

  3. Archivar las actas de las reuniones.

  4. Representar a la IPS en otros espacios como la personería, y entes territoriales, trasmitiendo inquietudes y sugerencias.

  5. Presidir las reuniones.

  6. Velar por el adecuado funcionamiento de las reuniones.


  7. Encuentros:

  8. La Asociación de Usuarios se reunirá una vez por mes de manera ordinaria o cuando se requiera de manera extraordinaria.


  9. Mayoría para deliberar y decidir

  10. Para las asambleas no se requiere que exista quórum mayoritario, con el número de asistentes se puede sesionar, siempre y cuando se garantice una amplia citación.